Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
Es la entidad del sector público especializada en materia ambiental y
de bienes y servicios naturales del Sector Público, al cual le corresponde
proteger los sistemas naturales que desarrollen y dan sustento a la vida en
todas sus manifestaciones y expresiones, fomentando una cultura de respeto y
armonía con la naturaleza y protegiendo, preservando y utilizando racionalmente
los recursos naturales, con el fin de lograr un desarrollo transgeneracional,
articulando el quehacer institucional, económico, social y ambiental, con el
propósito de forjar una Guatemala competitiva, solidaria, equitativa, inclusiva
y participativa.
- Reglamento de Evaluación, Control y Seguimiento Ambiental (Acuerdo Gubernativo Número 431-2007)
Ministerio de Cultura y Deportes
Es el encargado de atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a
la conservación y desarrollo de la cultura guatemalteca, y el cuidado de la
autenticidad de sus diversas manifestaciones; la protección de los monumentos
nacionales y de los edificios, instituciones y áreas de interés histórico o
cultural y el impulso de la recreación y del deporte no federado ni escolar.
- Ley para la protección del Patrimonio Cultural de la Nación Ver
Consejo Nacional de Áreas Protegidas (CONAP)
Es una entidad gubernamental con personalidad jurídica que depende directamente de la Presidencia de la República a través del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, es conocido como el órgano máximo de dirección y coordinación del Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP) creado por la misma ley (Ley de Áreas Protegidas, Dto. No. 4-89 del Congreso de la República de Guatemala), con jurisdicción en todo el territorio nacional, sus costas marítimas y su espacio aéreo. Tiene autonomía funcional y su presupuesto está integrado por una asignación anual del Estado y el producto de las donaciones específicas particulares, países amigos, organismos y entidades internacionales.
- Ley de áreas protegidas Ver y su Reglamento Ver
- Ley General de Caza Ver
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA)

Le corresponde atender los asuntos concernientes al régimen jurídico
que rige la producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, esta última en lo
que le ataña, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones
alimenticias de la población, la sanidad agropecuaria y el desarrollo
productivo nacional. Formula y ejecuta, participativamente, la política de
desarrollo agropecuario, hidrobiológico y de uso sustentable de los recursos
naturales renovables.
Define la política de ordenamiento territorial y de utilización de las
tierras nacionales y de reservas de la nación, velando por la instauración y
aplicación eficaz del sistema de normas jurídicas que definan los derechos y
responsabilidades vinculadas a la posesión, uso, usufructo y, en general, la
utilización de dichos bienes, mientras permanezcan bajo el dominio del Estado.
- Ley de Motosierras Ver y Ley de anuncios en vías urbanas, vías extra-urbanas y similares. Ver
Instituto Nacional de Bosques (INAB)
Es una
entidad pública descentralizada que cuenta con autonomía, personalidad
jurídica, patrimonio propio e independencia administrativa. Es la entidad de
dirección y autoridad de la administración pública en materia forestal.
- Ley Forestal Ver y su Reglamento Ver
Ministerio de Energía y Minas
Es el Ministerio del Gobierno de Guatemala encargado de atender lo relativo al régimen jurídico aplicable a la producción, distribución y comercialización de la energía y de los hidrocarburos, y a la explotación de los recursos mineros.
- Ley de minería y su Reglamento Ver
Dirección Normativa de Pesca y Acuicultura (DIPESCA)
Anteriormente, a esta institución se le denominaba Unidad de Manejo de la Pesca y Acuicultura (UNIPESCA) pero luego con una reforma en el año 2010 se le cambio el nombre a Dirección Normativa de la Pesca y Acuicultura (DIPESCA).
Es la autoridad competente de la administración de los recursos
hidrobiológicos y de la aplicación de la Ley General de Pesca y Acuicultura, su
reglamento y disposiciones técnicas relacionadas con la pesca y acuicultura,
tales como acuerdos ministeriales que establecen medidas de ordenación
pesquera. Asimismo, la DIPESCA es la autoridad que da seguimiento a las
recomendaciones, resoluciones y reglamentos adoptados por organizaciones
regionales de ordenación pesquera, convenios internacionales y acuerdos de
pesca y acuicultura a nivel de la Secretaría de Integración Centroamericana (SICA).
- Ley General de Pesca y Acuicultura Ver y su Reglamento Ver
Municipalidades
El Estado debe impulsar la atención en forma prioritaria de los servicios de agua potable, energía eléctrica, alcantarillado, drenajes, construcción de carreteras y caminos vecinales, hospitales, centros y puestos de salud, escuelas, mercados, rastros, telefonía urbana y rural, recolección y manejo de desechos, etc. Para la satisfacción de estos servicios, el Estado como representante de la comunidad necesita agenciarse de fondos para la construcción, ampliación y mejoramiento de los existentes, siendo su fuente de financiamiento los impuestos, arbitrios y otras contribuciones que tributan todos los ciudadanos a la hacienda pública, así como los empréstitos otorgados por entidades nacionales e internacionales para satisfacer el bien común.
En nuestro país, por la complejidad de problemas y necesidades que debe atender el Estado, no puede por si solo superar la totalidad de ellos, lo que motiva a delegar o descentralizar sus funciones, confiriendo varias de sus obligaciones fundamentales en las entidades autónomas, semiautónomas y en las MUNICIPALIDADES las que por la ley están obligadas a prestar los servicios locales catalogados como esenciales a los vecinos asentados en su jurisdicción municipal.
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Su misión es garantizar el ejercicio del derecho a la salud de las y
los habitantes del país, ejerciendo la rectoría del sector salud a través de la
conducción, coordinación, y regulación de la prestación de servicios de salud,
y control del financiamiento y administración de los recursos, orientados al
trato humano para la promoción de la salud, prevención de la enfermedad,
recuperación y rehabilitación de las personas. De acuerdo con “Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social”
(s.f.), con base en el Artículo 39 de la Ley del Organismo Ejecutivo, sus
funciones son:
- Formular y dar seguimiento a la política y los planes de salud
pública y, administrar, descentralizadamente, los programas de promoción,
prevención, rehabilitación y recuperación de la salud, propiciando a su vez la
participación pública y privada en dichos procesos y nuevas formas de
financiamiento y mecanismos de fiscalización social descentralizados.
- Proponer las normas técnicas para la prestación de servicios de
salud y coordinar con el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y
Vivienda las propuestas de normas técnicas para la infraestructura del sector.
- Proponer la normativa de saneamiento ambiental y vigilar su
aplicación.
- Realizar estudios y proponer las directrices para la ejecución de
programas de vigilancia y control epidemiológico.
- Administrar en forma descentralizada el sistema de capacitación y
formación de recursos humanos en el sector salud.
- Velar por el cumplimiento de los tratados y convenios
internacionales relacionados con la salud en casos de emergencia por epidemias
y desastres naturales.
Ministerio Público (MP), Fiscalía de delitos contra el ambiente y Fiscalía contra el patrimonio cultural de la nación
Ministerio Público: institución auxiliar de la administración pública y de los tribunales
con funciones autónomas, cuyos fines principales son velar por el estricto
cumplimiento de las leyes del país y ejercer la representación del Estado (art.
251 de la Constitución Política de la República).
Fiscalía de delitos contra el ambiente: tiene a su cargo la investigación y el ejercicio de la
persecución penal en todos aquellos delitos cuyo bien jurídico tutelado sea el
medio ambiente; y además esta fiscalía ha coordinado sus acciones con
instituciones que velan por la conservación y protección del medio
ambiente.
Organización
Dos oficinas con 13 fiscales, incluidos auxiliares. Una tiene su sede en
la capital, Guatemala, y cuenta con cinco fiscales y tres agentes para atender
70% de los casos del país. La otra, en el departamento del Petén, dispone de
tres auxiliares fiscales y dos oficiales.
Fiscalía de Delitos Contra el Patrimonio Cultural de
la Nación: se creó en el año 2003 mediante el Acuerdo 002 – 2003, encargada
de investigar y perseguir penalmente los delitos contra el patrimonio cultural
que se comenta en todo el territorio nacional. Está ubicada en Antigua
Guatemala y cuenta con una sede en Petén (esta sede de la fiscalía abarca 5
departamentos).
- Ley Orgánica del Ministerio Público Ver